EL PARLAMENTO ANDALUZ APRUEBA LA NUEVA LEY DE SERVICIOS SOCIALES

NOESSO, como todo el Tercer Sector, valora como un gran avance la aprobación de la nueva Ley de Servicios Sociales.

La implicación del Tercer Sector, ha logrado que se disipen los miedos de esta norma, cuyo articulado no permitirá que la atención a las personas se conviertan en un negocio, de hecho, establecerá que, en igualdad de condiciones, las administraciones públicas priorizarán la colaboración con entidades de iniciativa social como fundaciones, asociaciones, organizaciones de voluntariado y entidades sin ánimo de lucro, entre otras.

La aprobación del texto en el Parlamente andaluz,  el pasado 14 de Diciembre, de la nueva Ley de Servicios Sociales de Andalucía, será en adelante la norma que reconoce una amplia relación de derechos y que sustituye a la de 1988.

Hay que destacar, en este caso, el amplio consenso con el que ha contado, ya que ha sido aprobada con el respaldo de los grupos parlamentarios del PSOE-A, PP-A, Podemos y Ciudadanos y el único voto en contra de IULV-CA, blindará, con rango de ley, las coberturas básicas en esta materia, universalizará los servicios sociales y garantizará también la titularidad y la gestión pública de los servicios sociales comunitarios.

Entre las aportaciones del Tercer Sector, que finalmente recoge el texto aprobado, está el que las prestaciones y servicios se garanticen como derecho subjetivo, de provisión obligatoria por la Administración y que no estén sujetas a la disponibilidad presupuestaria, a la situación económica o al cumplimiento del déficit. Por otra parte, recoge una de las reivindicaciones del mundo asociativo, que no se permita que el mercado, puro y duro, comercie con los servicios a las personas, y se reconozca el papel que las entidades no lucrativas vienen realizando históricamente, para prestar, de manera complementaria con las administraciones, buena parte de estos servicios.

El régimen del concierto social se establece como una modalidad diferenciada del concierto regulado por la normativa de contratación del sector público.

Destacamos la relevancia de que la nueva norma incluya la incorporación de la figura del concierto social, el conjunto de Prestaciones de Servicios Sociales de Andalucía, el Mapa de Servicios Sociales, la Formulación del Plan Estratégico de Servicios Sociales o el Decreto de Autorización y Registro de Entidades, Centros y Servicios, entre otras.

Respecto al catálogo de prestaciones garantizadas destacan los servicios de información, valoración, orientación y asesoramiento; la teleasistencia; la atención en urgencia social; los servicios específicos de protección de menores en situaciones de riesgo o desamparo; las prestaciones económicas específicas y directas contra la exclusión y para la erradicación de la marginación y la desigualdad; la protección jurídica y social de personas con capacidad limitada, y las prestaciones ligadas a las situaciones de dependencia. Todos ellos podrán exigirse ante los tribunales de justicia. Además, la ley prevé otras prestaciones condicionadas a la disponibilidad de recursos.

Esperamos que la ley abra paso a una nueva etapa en la que la administración garantice la prestación de los derechos que recoge y lo haga, como no podría ser de otro modo, atendiendo de manera especial e integral, a las personas más vulnerables.

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